Accidente del trabajo

Según la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) accidente del trabajo es toda lesión que sufra un trabajador/a a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte.

 

 

 

 

¿Qué se entiende la expresión “a causa” del trabajo?

Entendemos que el accidente es por una relación de causalidad directa o inmediata entre la lesión y el quehacer laboral de la víctima, por ejemplo:

  • Fractura por caída al limpiar vidrios de un edificio
  • Corte en mano cuando manipulaba herramienta manual
  • Quemadura en la piel al transportar productos químicos.

¿Qué se entiende la expresión “con ocasión” del trabajo?

Son aquellos accidentes en que existe una relación mediata o indirecta entre la lesión y las labores del trabajador, ejemplos:

  • Los accidentes acaecidos mientras el trabajador realiza su colación y aquellos ocurridos en el trayecto directo, de ida o de regreso, entre el lugar de trabajo y aquél en que el trabajador toma su colación.
  • Los accidentes ocurridos en el trayecto entre dos dependencias pertenecientes a una misma entidad empleadora.
  • Los infortunios acaecidos en el marco de las actividades organizadas por la entidad empleadora, sean de carácter deportivo, cultural u otros similares.

¿Quién debe hacer la denuncia de un accidente laboral y en qué plazo?

La entidad empleadora deberá denunciar al organismo administrador todo accidente que pueda ocasionar incapacidad o muerte de la víctima, en el formulario DIAT (Denuncia Individual de Accidente del Trabajo) en un plazo no superior a las 24 horas de conocido el accidente.

Si el empleador no lo hace, deben hacerlo el trabajador/a accidentado, sus derecho-habientes, el Comité Paritario de Higiene y Seguridad de la empresa o el médico que lo atendió.

Sin embargo, el trabajador/a o sus familiares pueden efectuar la denuncia con posterioridad, dentro del plazo de 5 años contados desde la ocurrencia del accidente, lo que puede también significar una demanda por accidente del trabajo solicitando las indemnizaciones respectivas; como daño moral, daño emergente y lucro cesante en el caso que proceda.

Si sufriste un accidente en tu lugar de trabajo y tienes dudas respecto a que acciones realizar, contáctanos y te entregaremos la asesoría necesaria para resolverlas.

Equipo CV abogados.

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